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Etapa 4: Comprender la decisión del juez

Anticipando los resultados de Apelaciones

¿Cuáles son las diferentes decisiones que podría tomar el tribunal?

El tribunal puede aprobar su caso, denegar su caso, o emitir una decisión administrativa sin tomar una decisión final sobre su solicitud de estatus migratorio.

La judicatura generalmente emite una decisión el mismo día en que usted tiene su audiencia "individual" o de "méritos", donde puede testificar y presentar evidencia. 

  • El tribunal puede emitir una decisión oral, lo que significa que dirá su decisión y las razones de la misma en voz alta. Todas las audiencias son grabadas, y después de la audiencia, usted puede recibir una transcripción de todo lo que se dijo en la audiencia.

  • El tribunal también puede emitir una decisión por escrito en la que se describa la resolución del caso y los fundamentos que la justifiquen. 

 

El tribunal le compartirá esta decisión durante una audiencia, o se la enviará por correo en una fecha posterior. Es menos común recibir una decisión por escrito y, por lo general, el juez fijará una nueva fecha de audiencia para preparar la resolución escrita y entregársela.

 

Opción #1-Aprobación: si usted tiene un caso ante el tribunal, solo el tribunal  de inmigración puede tomar una decisión final para otorgarle asilo. Después de escuchar su testimonio y revisar la evidencia presentada, el tribunal puede emitir una decisión de otorgarle asilo. 

 

Otras formas de asistencia

  • Cuando una persona solicita asilo, también solicita otras dos formas de protección: la suspensión de la deportación y la protección bajo la Convención contra la Tortura

  • Si el tribunal decide que usted no es elegible para obtener asilo, pero sufriría algún daño si regresa a su país de origen, puede denegar su solicitud pero, otorgarle la suspensión de la deportación o la protección en virtud de la Convención contra la Tortura. 

  • Estas otras protecciones no son tan sólidas como una concesión de asilo, no obstante, son una protección contra la deportación y le permiten vivir y trabajar legalmente en los Estados Unidos.Usted deberá consultar con un profesional en derecho sobre sus opciones bajo estas otras formas de asistencia. 

 

Incluso si un tribunal le otorga asilo, la suspensión de la deportación y/o protección en virtud de la Convención contra la Tortura, el equipo legal del Departamento de Seguridad Nacional tiene un plazo de 30 días para apelar esa decisión. Si no se presenta una apelación en ese periodo, la decisión del tribunal será definitiva. Consulte este documento para los próximos pasos.

 

Opción #2-Denegación: Si un juez desestima su solicitud de asilo (y/o cualquier otro estatus migratorio al que usted haya solicitado ante un tribunal de inmigración), se ordenará la deportación a su país de origen. Solo un tribunal de inmigración puede emitir una orden de expulsión o deportación. 

 

El tribunal debe indicar las razones por las que usted no cumple con los requisitos para obtener asilo, los hechos y las pruebas que consideró para tomar su decisión. Esta decisión se puede emitir oralmente (en voz alta en la audiencia) o por escrito. 

 

Usted tiene derecho a apelar cualquier denegación dentro de los 30 días siguientes a  la decisión del tribunal. 

 

Es importante destacar que la decisión del tribunal no será definitiva hasta que la Junta de Apelaciones de Inmigración decida si la decisión fue correcta (o después de 30 días desde que el tribunal emitió su decisión, si usted no presenta una apelación). 

Presentar un aviso de apelación de manera oportuna suspenderá la deportación hasta que se tome una decisión sobre la apelación. 

 

Opción # 3 –Decisión administrativa: En lugar de otorgarle un estatus migratorio u ordenar su deportación, el tribunal puede tomar una decisión administrativa sobre su caso. 

Por lo general, el tribunal tomará dicha decisión si usted la solicita, si el equipo legal que representa al Departamento de Seguridad Nacional lo solicita, o si ambas partes lo hacen en conjunto.

En casos excepcionales, el tribunal puede tomar una decisión administrativa si en su caso existen errores o confusión en los documentos emitidos por el gobierno de los Estados Unidos. 

Las decisiones administrativas pueden consistir en terminar su caso (es decir finalizarlo por completo) o cerrarlo administrativamente (catalogarlo como inactivo, pero sin finalizarlo).

¿Qué significa si el gobierno le ofrece una de estas opciones alternativas?

Debido a que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) es la agencia que inició su caso judicial, puede solicitar que su caso sea terminado (es decir, finalizado) o cerrado administrativamente (puesto en estado inactivo). Tenga en cuenta que el equipo legal que representa al Departamento de Seguridad Nacional no puede aprobar o rechazar su solicitud de asilo, y tampoco puede ordenar su deportación.

Terminación: La terminación pone fin a su caso en la Corte de Inmigración y previene que se emita una orden de deportación. Sin embargo, esto no es una concesión de estatus migratorio y no le permitirá renovar su Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés). Usted puede presentar una nueva solicitud de asilo u otra forma de protección ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos, si decide continuar con el proceso para obtener un estatus migratorio.

Cierre Administrativo: El cierre administrativo detiene su caso en la Corte de Inmigración, lo que significa que no recibirá una decisión sobre su solicitud de asilo, pero, aún así puede renovar su Documento de Autorización de Empleo. El caso permanecerá en pausa hasta que usted o la representación legal del gobierno soliciten al tribunal que lo reactive. 

Usted puede presentar una solicitud formal para que el Departamento de Seguridad Nacional le pida al tribunal que finalice su caso o lo cierre administrativamente. Esta solicitud es un ejercicio de Discreción Procesal, comúnmente conocido como DP. Por lo general, la representación legal del gobierno le pedirá que proporcione evidencia e información favorable que demuestre que usted no es una prioridad para que el gobierno de Estados Unidos le deporte. Esta evidencia puede incluir vínculos familiares, condiciones médicas que usted o su familia padezcan, evidencia de que está trabajando y pagando impuestos en el país. Una vez recibida esta información, la representación legal del gobierno pedirá formalmente al tribunal que finalice o cierre su caso administrativamente.

Preguntas de etapa 4

Etapa 4: Comprender la decisión del juez

Anticipando los resultados

  • ¿Cuáles son las diferentes decisiones que podría tomar la corte

  • ¿Qué significa si el gobierno le ofrece una de estas opciones alternativas?

 

Presentación de Apelaciones

  • ¿Cuánto tiempo tengo para apelar la decisión del tribunal?

  • ¿Cuáles son mis opciones si mi apelación no tiene éxito?

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